Condiciones Generales de Contratación
1.- Consideraciones preliminares
Las presentes CONDICIONES GENERALES regularán expresamente la relación surgida entre *ELECTRONIC CONTROL UNIT ESPAÑA S.L., (en adelante, ECU) y el CLIENTE que contrate servicios de reparación de la electrónica de vehículos como la entrega de piezas nuevas y de recambios.
2.- Datos de identificación de ECU
ELECTRONIC CONTROL UNIT ESPAÑA S.L., (ECU), es una sociedad con C.I.F. Nº B18962118 y domiciliada en 14550 – MONTILLA (Córdoba) , AVDA DE ANDALUCIA 15 Ptl.1 – 4B se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Córdoba, Tomo 2375, Folio 85, Sección 8, H CO 34031, I/A 2. Su Director General es: Johannes Ebermann.
3.- Aceptación y disponibilidad
Mediante la aceptación de las presentes Condiciones Generales el CLIENTE se obliga a la adhesión plena y sin reservas de todas las cláusulas dispuestas en el momento de la contratación y concretamente garantiza:
a) Que es una persona mayor de edad y/o con capacidad legal para obligarse en su nombre o en el de su empresa para contratar los servicios de ECU.
b) Que ha leído, comprende y acepta las presentes Condiciones Generales.
Expedición: 05/2022
I. Ámbito de aplicación
1.Estas Condiciones Generales son válidas tanto para la reparación de la electrónica del vehículo (véase el volumen de las prestaciones de reparación, punto II.) como para la entrega de las piezas nuevas y de recambio, según la norma del contrato cerrado entre ECU y el CLIENTE.
2. Nuestras Condiciones Generales son válidas con exclusividad; no reconocemos condiciones contrarias o discrepantes a nuestras Condiciones Generales por parte del CLIENTE, a no ser que nos hayamos mostrado de acuerdo con su validez por escrito. Nuestras Condiciones Generales de Contratación son también válidas en el caso de que llevemos a cabo nuestra prestación, incluso habiendo tenido conocimiento previo sobre las condiciones discrepantes o contrarias a las nuestras del CLIENTE.
3. Salvo que se indique expresamente lo contrario, las cláusulas contenidas en estas Condiciones Generales son aplicables tanto a empresarios como a consumidores y usuarios. En caso de contratación con consumidores y usuarios, resulta de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
II. No se repararán los fallos de fabricación no diagnosticables.
Hacemos constar expresamente que, en casos aislados, la electrónica de los vehículos no es defectuosa, sino que puede ser inutilizable por causa de un fallo de fabricación. Este tipo de fallos de construcción no pueden ser diagnosticados por ECU, ya que no existe ninguna discordancia con el estado de fabricación. Por ese motivo es imposible la reparación; la eliminación de ese tipo de fallos no forma parte de nuestras obligaciones. No nos responsabilizamos de los daños que radiquen en un fallo de construcción de este tipo, a pesar de no haberlo diagnosticado, indicado o reparado antes de reenviarlo al CLIENTE una vez hecha su comprobación. Tratamos de evitar estos sucesos a través del análisis periódico de la información del fabricante. Aun en el caso de no haber encontrado fallos en nuestro examen, esto no es garantía de que no puedan aparecer en el futuro.
III. Oferta y resolución del contrato
1. El encargo (en forma de envío del registro de error) por parte del CLIENTE es vinculante, que puede ser asumida por ECU en un período de dos semanas a través del envío de la confirmación del encargo o de la realización de nuestra prestación. Sin embargo, no podemos asegurar que nuestra prestación será llevada a cabo en este período, puesto que en ocasiones puede alargarse debido al pedido de las piezas. Nuestras ofertas y presupuestos están fundamentalmente libres de compromiso. En el caso de que se efectúe un presupuesto, sólo estaremos obligados a él si recibimos el encargo en un plazo de dos semanas a partir del momento en el que el CLIENTE haya recibido dicho presupuesto.
2. En el caso de que el CLIENTE haga su pedido electrónicamente, tanto el contrato como estas Condiciones Generales serán guardados de forma apta para su reproducción, y enviados al CLIENTE por correo electrónico, si ese es su deseo. Los emails y los fax tendrán validez hasta la llegada de los documentos impresos. El CLIENTE acepta recibir las facturas en formato digital.
3. Las cláusulas accesorias y los cambios en el contrato únicamente serán válidos por escrito. Nuestros trabajadores no están autorizados para adoptar cláusulas accesorias ni para dar garantías por vía oral.
4. Nos reservamos los derechos de autoría y propiedad en ilustraciones, dibujos, cálculos, software y demás documentos. El CLIENTE necesita nuestra aprobación expresa por escrito antes de su transmisión a terceros. La publicidad que sea claramente reconocible como tal podrá ser transmitida a terceros sin necesidad de nuestro consentimiento.
IV. Precios y condiciones de pago
1. Los precios serán aplicados para la entrega ex fábrica y siguiendo el transporte estándar hasta el CLIENTE. Los cargos adicionales de envío postal (como envío por correo exprés, transporte a islas y enclaves o áreas remotas) así como el seguro, las tasas por pago contra reembolso y los demás costes de envío serán facturados adicionalmente y por separado, siempre y cuando no se haya acordado de otro modo. El precio de los artículos y prestaciones que no haya sido acordado explícitamente podrá ser calculado a partir de sus respectivas listas vigentes de precios. Los cambios en el volumen de las prestaciones que sean realizados con posterioridad por voluntad del CLIENTE serán calculados adicionalmente.
2. La remuneración deberá ser pagada en el plazo de diez días tras la facturación y sin deducción del descuento. Tras la expiración de dicho plazo el CLIENTE comete morosidad Arts. 1100 Código Civil y 63 Código de Comercio. Consideramos la llegada del dinero a nuestra cuenta como el determinante de la puntualidad del pago. A partir del comienzo de la morosidad, el consumidor deberá hacerse cargo del pago de los costes de los actos jurídicos en los que no está involucrado, cuyos intereses moratorios serán de 8 puntos porcentuales por encima del tipo básico de interés. Nos reservamos explícitamente la alegación de daños por demora adicionales. Las reclamaciones con referencia a la factura no serán aceptadas tras el plazo de diez días. Para asegurarnos contra el riesgo de insolvencia, nos reservamos el derecho de descartar ciertos tipos de pago, así como el de exigir pago contra reembolso, y hacer entregas sólo con pago previo o pago contra reembolso. Después de 180 días de retraso en el pago, informaremos al cliente de que si no abona la factura en los siguientes 10 días, comenzaremos el proceso de venta de la unidad para cubrir costes.
3. Al CLIENTE únicamente le corresponderá el derecho de compensación en el caso de que su reclamación sea constatada firme e indiscutiblemente o reconocida por ECU. En el caso de que el CLIENTE sea una empresa, se descarta el derecho de retención, a no ser que la reclamación provenga del las propias condiciones contractuales del CLIENTE y esta sea firme e indiscutiblemente constatada. Al aceptar la reclamación, tenemos el derecho a pedir testimonio de una tercera parte neutral al que nos podemos remitir. En caso de que la parte no tenga el funcionamiento correcto después de la remanufacturación, nosotros asumiremos los gastos de este testimonio.
V. Términos y plazos de entrega
Los datos sobre los plazos de reparación se basan en estimaciones y por ese motivo son fundamentalmente no vinculantes. En los casos concretos en que el plazo de entrega haya sido explícitamente acordado y que sirva como base para el otorgamiento del pedido, dicho plazo podrá ser alargado con motivo de conflictos laborales, especialmente huelga y cierre patronal, así como por impedimentos impredecibles que se escapen a nuestra voluntad, tales como catástrofes naturales, interrupciones por avería o retraso en la entrega de materiales indispensables, siempre y cuando pueda justificarse que tales impedimentos tienen una influencia considerable en la entrega del pedido. Lo mismo se aplica en el caso de que el CLIENTE no cumpla sus obligaciones de cooperación. El cumplimiento del plazo de reparación estará garantizado, si el objeto de reparación está listo para su recogida por parte del CLIENTE, o en su caso para su envío, antes de la expiración del mismo.
VI. Envío y embalaje
1. En el caso de que no exista una instrucción específica, la elección del modo de envío será tomada a nuestro juicio. Para acelerar la expedición, podemos enviar su pedido por correo exprés, si usted así lo desea. Si desea acelerar el envío, elija la opción de correo exprés con recargo. A los casos que difieran de esto será aplicado en casos de reclamación el párrafo XII de las Condiciones Generales.
2. En el caso de que el CLIENTE sea empresario, el riesgo derivado del envío del objeto será transferido por ECU al CLIENTE.
3.El CLIENTE está de acuerdo con que cedamos sus datos postales a la empresa transportista y sus datos de pago a los procesadores del pago.
VII.Responsabilidad por error
1. Para posibles errores, proporcionamos una garantía en modo de rectificación del error o de rendimiento suplementario. En caso de que esto fracase, el CLIENTE podrá exigir una reducción de la retribución o la anulación del contrato. Esto también será válido en el caso de que deneguemos de manera seria y terminante la rectificación del defecto.
2. Al CLIENTE no le corresponde el derecho de cancelación cuando la vulneración de las obligaciones sea insignificante.
3. La ya mencionada reclamación por error prescribirá en un año en el caso de la reparación de objetos móviles. Esto no será válido en el caso de que se trate de un derecho de indemnización por daños. Para el derecho de indemnización por daños entrará en vigor el párrafo VIII. de las Condiciones Generales. En el caso de los empresarios, el plazo de prescripción de la entrega de piezas nuevas y de recambio será de un año a partir del envío de la mercancía. En el caso de los consumidores, será de dos años a partir del envío de la mercancía.
4. Excluimos de toda garantía a aquellos daños derivados del incumplimiento de las instrucciones para la puesta en marcha del objeto suministrado, así como los estribados en un uso inadecuado del mismo. Lo mismo vale para el manejo, montaje y puesta en marcha inapropiados, defectos causados por otras partes del vehículo que están dañadas, mal instaladas o manipuladas, que afectan a la unidad; la utilización de remedios inoportunos por parte del CLIENTE o de terceros, y para el desgaste natural del objeto. Tampoco nos hacemos responsables en el caso de que la electrónica del automóvil sea abierta por el CLIENTE o por terceros. Para poder descartar este caso, la etiqueta con nuestro sello deberá mantenerse intacta.
5. No concederemos ninguna garantía en su significado jurídico a la parte del CLIENTE. Se da el derecho de indemnización.
6. El procedimiento en casos de reclamación queda regulado tal y como se indica en nuestra Tarjeta de Garantía que recibirá junto con su unidad reparada.
VIII. Responsabilidad por daños
1. El derecho a indemnización por daños y perjuicios está descartado, salvo que hayamos actuado con alevosía o negligentemente, o si la reclamación resulta de la violación de una garantía con riesgo para la salud o seguridad de las personas. Asimismo responderemos en el caso de violar negligentemente un deber necesario para lograr el objetivo del contrato y en caso de tratarse de una compensación de daños causados por un retraso. Si se da alguna de las razones anteriores, nos hacemos responsables de todo grado de culpa. La obligación fundamental se trata de una obligación cuyo cumplimiento es condición para la ejecución debida del contrato. Port tanto, la parte contratante debe poder confiar en su cumplimiento.
2. La ya mencionada exclusión de la responsabilidad es igualmente válida en caso de negligencia leve por parte de nuestros auxiliares ejecutivos.
3. En el caso de una responsabilidad de daños por leve negligencia, en la que se se descarten los riesgos para la salud o seguridad de las personas del CLIENTE, el derecho de indemnización por daños y perjuicios se da con motivo de un agravio, el plazo comenzará a partir de la compra o, concretamente, la entrega del trabajo. La garantía será válida si la tarjeta de garantía ha sido firmada por un técnico especializado que garantice una instalación apropiada.
4. Dado el caso de que nuestra responsabilidad de indemnizar quede excluida o delimitada, tales restricciones de la responsabilidad serán igualmente válidas para nuestros empleados, asalariados, colaboradores, representantes y auxiliares ejecutivos.
IX. Reserva de los derechos de propiedad
1. En los contratos con el consumidor, nos reservamos la propiedad de la mercancía hasta que la totalidad del pago haya sido efectuado.
2. Si el CLIENTE es empresario nos reservamos la propiedad de la mercancía hasta el entero cumplimiento de las demandas del CLIENTE, aun cuando la mercancía en concreto ya haya sido pagada.
3. El CLIENTE tiene la obligación de facilitarnos los documentos y la información imprescindibles para la intervención en las medidas de ejecución judicial de terceros con respecto a las mercancías bajo reserva de propiedad. Esto es también válido para cualquier otro tipo de perjuicio. Independientemente de eso, el CLIENTE tiene la obligación de indicar de antemano todos los derechos existentes por parte de terceros con relación a la mercancía. En caso de que el CLIENTE sea empresario, deberá responsabilizarse de una parte de nuestros gastos, siempre y cuando la tercera parte no esté en situación de reembolsarlos por sí misma.
4. Si el CLIENTE es empresario y dado el caso de que alquile o revenda la mercancía bajo reserva de propiedad antes de cumplir sus obligaciones para con nosotros, deberá cedernos la deuda activa contraída con sus CLIENTEs como garantía de pago. En caso de que la mercancía bajo reserva de propiedad sea transformada, remodelada o unida a otro objeto, adquiriremos inmediatamente el derecho de propiedad sobre el objeto resultante. Este será considerado en sí mismo mercancía bajo reserva de propiedad.
5. En el caso de que el valor de la garantía sobrepase en más del 20% el valor de las obligaciones del CLIENTE para con nosotros, tendremos que desprendernos de una parte de la misma (a nuestra elección), si el CLIENTE así lo requiere.
X. Prescripción de los derechos propios
Nuestro derecho de cobro prescribe en el plazo de tres años (art. 1967.4 Código Civil) en el caso de servicio prestado a particulares; o en el plazo de quince años (art. 1964 Código Civil) en caso contrario Dichos plazos comenzarán desde el momento en el que se realice la entrega o la puesta a disposición del CLIENTE.
XI. Forma de declaración
Las declaraciones y denuncias con relevancia jurídica, que sean hechas por parte del CLIENTE contra ECU o terceros, deben ser presentadas de forma escrita. Lo mismo vale para un acuerdo sobre la supresión de la forma escrita.
XII. Derecho de desistimiento
Derecho de desistimiento de los contratos de venta a distancia para el consumidor en el marco del Art. 44 de la Ley 7/1996, de Ordenación del Comercio Minorista y del Título. III RDLeg 1/2007, Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios.
Informe de desistimiento
Derecho de desistimiento
El CLIENTE podrá desistir su declaración contractual sin necesidad de dar explicaciones en un plazo de 14 días y de forma textual (por ejemplo por carta, fax o e-mail) o, en caso de que el producto le haya sido entregado antes de la expiración del plazo, mediante su devolución. El plazo comienza tras el recibo del informe textual, pero no antes de la llegada de la mercancía a su receptor (en la entrega recurrente de mercancías del mismo tipo no comenzará antes de la llegada de la primera entrega parcial) y tampoco antes del cumplimiento de nuestras obligaciones informativas según el 44 de la Ley 7/1996, de Ordenación del Comercio Minorista. Para la conservación del plazo de revocación basta con enviar la revocación o el objeto con puntualidad. La revocación deberá ser dirigida a: ELECTRONIC CONTROL UNIT ESPAÑA S.L., AVDA DE ANDALUCIA 15 Ptl.1 – 4B, 14550 MONTILLA (Córdoba) – España, Fax: (+34) 857 80 136 1 email: [email protected]
Consecuencias de la revocación
Si la revocación se hace operativa, deberán ser devueltas las prestaciones recibidas por ambas partes, así como los rendimientos recibidos (por ejemplo intereses), si se da el caso. Si no pudiera devolvernos la prestación recibida en su totalidad, o si no llegara en buenas condiciones, deberá compensarnos su valor. Esto no tendrá validez en el caso de que el deterioro del objeto sea exclusivamente achacable a la primera inspección por su parte (como hubiese podido ocurrir en un establecimiento). Podrá prevenir la obligación de compensación en caso de que el deterioro del objeto sea achacable a un uso inadecuado, evitando utilizar el objeto como si fuese de su propiedad y absteniéndose de darle un uso perjudicial. Los objetos aptos para su envío deberán ser enviados. El riesgo del envío correrá por nuestra cuenta. Por favor, envíen la mercancía a: electronic control unit españa S.L., AVDA DE ANDALUCIA 15 Ptl.1 – 4B, 14550 MONTILLA (Córdoba) – España
En caso de que la mercancía suministrada se corresponda con lo encargado y siempre y cuando el precio del reenvío no supere los 50 euros, será usted quien deba hacerse cargo de los costes de la devolución. También será usted el responsable de dichos costes si, superando el precio los 40 euros, en el momento de la revocación, usted no ha efectuado la contraprestación o un pago parcial acordado contractualmente. En cualquier otro caso la devolución será gratuita para usted. Los objetos que no sean aptos para ser enviados, serán recogidos en su domicilio. Las obligaciones con respecto al reembolso de pagos deberán ser cumplidas en un plazo de 30 días. El plazo comienza para usted con el envío de su declaración de revocación o del objeto y, para nosotros, a partir de su recepción.
Indicaciones especiales
Su derecho de revocación expirará prematuramente en el caso de que el contrato se haya cumplido en su totalidad y usted haya mostrado explícitamente su acuerdo. Fin del informe de revocación.
XIII. Lugar de cumplimiento – Ley aplicable – Jurisdicción
1. El lugar de pago y cumplimiento es nuestra sede.
2. Las leyes del Estado Español serán las que rijan con absoluta exclusividad; la validez del derecho internacional queda excluido.
3. El lugar con jurisdicción exclusiva en caso de contratos con comerciantes, personas jurídicas bajo la ley pública o patrimonios especiales públicos-legales será el juzgado competente para nuestra sede. Nos reservamos la presentación de demandas a la jurisdicción legal del CLIENTE.
XIV. Cláusula de salvedad
En caso de que una o varias de las estipulaciones de estas Condiciones Generales sean consideradas no válidas, las demás estipulaciones seguirán estando vigentes. Toda estipulación que sea declarada como no válida deberá ser reemplazada por otra que sea lo más similar posible, y que cumpla el propósito económico de la estipulación no válida.
XV. Confidencialidad y Seguridad.
ECU se compromete a tratar de forma confidencial toda la información y/o documentación sensible que reciba del CLIENTE en el marco de la presente relación contractual para el cumplimiento de sus obligaciones, cualquiera que sea la duración del vínculo contractual entre ECU y el CLIENTE. ECU también será responsable del cumplimiento de esta obligación por parte de los subcontratistas, en los supuestos de subcontratación.
ECU únicamente permitirá el acceso de la información confidencial a aquellas personas que tengan necesidad de conocerla para el desarrollo de las actividades y servicios contratados.
Los datos de los CLIENTEs serán incorporados en un fichero responsabilidad de ECU, con la finalidad de atender el servicio solicitado: confirmación del servicio, determinación de su precio, emisión de presupuesto, factura, prestación o entrega efectiva, así como en su caso, envío de la información sobre otros productos que pudieran resultar de su interés. De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, y en su caso, oposición.
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